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La representatividad de las áreas de conservación privadas en comunidades campesinas

Red Ama[Miembros de la Red AMA en Lima]

Nace una red de conservación

Aprendiendo de cada lugar que hemos visitado, hemos ido conociendo directamente las historias de cada una de las iniciativas que decidieron comenzar a proteger sus tierras y cuáles han sido y son los retos que enfrentan tanto propietarios individuales como comunidades campesinas, unidos en la Red de Conservación Voluntaria de Amazonas (Red AMA).

Por: Luis Zari / Abogado del equipo CxN

En los últimos años, la región Amazonas está siendo testigo del crecimiento de una red de conservación tejida a base del trabajo y compromiso. Comunidades campesinas y propietarios individuales decidieron unirse no solo para enfrentar en conjunto amenazas contra sus recursos naturales, sino también para construir una narrativa nueva en el país: la que demuestra que la conservación se mira en positivo, generando alianzas, buscando la sostenibilidad del trabajo y siendo una plataforma donde más actores puedan sumarse o replicarla en otras partes del Perú. Estamos hablando de la Red de Conservación Voluntaria de Amazonas (Red AMA), que actualmente cuenta con 14 iniciativas reconocidas por el Ministerio del Ambiente como áreas de conservación privada (ACP).

Las dificultades en la gestión son variadas y van desde la necesidad de implementar estrategias eficientes para aprovechar el potencial del turismo sostenible, hasta tener un mejor conocimiento sobre los derechos y obligaciones que implica ser un ACP. Sin embargo, las comunidades campesinas presentan un contexto particular que en varias ocasiones ha generado dificultades y confusión en relación con las actividades de conservación que se realizan dentro de las tierras comunales.

Los retos, el caso de la representatividad

En muchos casos, cuando se reconoce como ACP una tierra comunal, quien ejerce la representación del área es el miembro de la Directiva Comunal designado específicamente para estas labores de representación. En el caso de la Red AMA, la mayoría de sus miembros son ACP comunales por lo que los representantes de estas áreas no solamente lo son ante el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas del Estado (Sernanp), sino también ante la Red, con la finalidad y compromiso de participar en cualquier actividad relacionada con la conservación voluntaria, como la asistencia a talleres y asambleas o la coordinación con las rondas campesinas para realizar monitoreos de prevención de amenazas ambientales, entre otras.

El problema surge en el momento en el que la Comunidad Campesina decide elegir nuevos miembros de la Directiva Comunal y por tanto, el representante del ACP designado para este fin, deja de estar vinculado a las actividades relativas al área, como ejercer la representación en la Red AMA. Esto se debe a que, de acuerdo con la Ley de Comunidades Campesinas, los miembros de la Directiva Comunal solamente son elegidos por un período de dos años, pudiendo ser reelegidos por un período más o cambiar nuevamente la Directiva[1].

En este contexto, hemos tenido conocimiento de casos en los que después de dos años, una persona nueva que no estaba al tanto de la gestión de su predecesor asistía como representante de un ACP comunal a las asambleas de la Red AMA. Esto generaba confusión, conflictos por falta de confianza e información y en muchas ocasiones, una afectación directa a la eficacia de la gestión de la Red, debiendo pasar nuevamente por procesos de integración y designación de roles para la implementación de las actividades y objetivos comunes.

La representación permanente

¿Qué medida se podía tomar para evitar estas situaciones de confusión y debilidad colectiva? El Reglamento de la Ley de Comunidades Campesinas faculta a la Asamblea General a designar comités especializados para el desarrollo de actividades de interés comunal[2], por lo que la Asamblea General puede aprobar por mayoría, la creación de un comité de conservación que ejerza la representación del ACP ante cualquier entidad público/privada (como la red AMA). Además, se da para el ejercicio de todas las actividades vinculadas al cuidado y protección ambiental del predio, estableciendo de manera clara en el acta de Asamblea que los nuevos representantes lo serán por un período indefinido, aunque la Directiva Comunal cambie, y que solamente podrán ser sustituidos tras una comunicación formal ante la Red AMA con un plazo razonable para generar procesos eficaces de cambio y sustitución del representante.

De esta manera, encontramos la solución en las competencias que tiene la Asamblea General de las comunidades campesinas. Así, redactando un modelo de acta comunal replicable para otras comunidades, donde se tome el acuerdo para la creación de dicho comité, conformado por un representante titular y dos representantes alternos, se resuelve uno de los retos que más dificultades ha generado en la Red en sus primeros años de creación.  El modelo de acta comunal se puede descargar aquí.

El futuro de la conservación voluntaria pasa por buscar soluciones conjuntas y prácticas a todos los desafíos que puedan venir por delante. Trabajar de manera colectiva es la mejor forma de estimular e inspirar a que se siga creando más redes altruistas que busquen proteger y luchar por nuestra biodiversidad.

Fuentes:
[1] Artículo 20 de la Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas.
[2] Artículo 69 del Reglamento de la Ley General de Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-91-TR

 

Este artículo fue redactado en el marco del proyecto financiado por:

CEPF fue la institución auspiciadora de esta beca

 

 

 

 


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